Condiciones generales de compra
1. Ámbito de aplicación y validez de las condiciones del cliente
Las presentes condiciones de compra se consideran exclusivamente aplicables a todos los contratos —incluidos los futuros— celebrados con empresarios, personas jurídicas de derecho público y patrimonios especiales de derecho público, relativos a entregas y demás prestaciones, incluidos los contratos de obra. Por la presente se rechazan las condiciones contrarias o adicionales del contratista. No se reconocerán, incluso en el caso de que no se hayan rechazado expresamente tras su recepción, se haya aceptado la entrega y/o se haya pagado la mercancía. Solo se considerarán si el comprador ha declarado su conformidad por escrito y de forma expresa con ellas o con partes de ellas.
2. Pedido del cliente
- Los pedidos, los acuerdos verbales complementarios al pedido, los acuerdos y las declaraciones de los empleados del cliente solo serán vinculantes tras la confirmación por escrito del cliente. Esto se considera también para modificaciones y adiciones a posteriori.
- El contratista indicará inmediatamente por escrito al cliente cualquier modificación o ampliación del alcance de la entrega o del servicio que resulte necesaria durante la ejecución. Dichas modificaciones o ampliaciones requieren el consentimiento previo por escrito del cliente.
- La forma escrita también se considera cumplida en caso de transmisión de datos electrónica.
- El contratista deberá confirmar el pedido en un plazo de ocho días hábiles mediante una copia del pedido debidamente firmada (aceptación del pedido). Esto no se aplica a los pedidos que el cliente haya transmitido por vía de transmisión electrónica de datos. En este caso, las confirmaciones deberán realizarse en un plazo de dos días hábiles. La falta de confirmación se considerará como aceptación.
3. Oferta del contratista
- El contratista deberá ajustarse de manera exacta en su oferta a las especificaciones y al texto de la solicitud. En caso de desviaciones|diferencias|divergencias, será necesaria una indicación expresa.
- El cliente se reserva los derechos de propiedad y de propiedad intelectual sobre las Figuras, dibujos, cálculos y demás documentación de las solicitudes; estos no podrán tener acceso terceros. Su divulgación a terceros requiere el consentimiento expreso por escrito del cliente. Los documentos deben utilizarse exclusivamente para la fabricación en virtud del pedido del cliente; una vez tramitado el pedido, deberán devolverse al cliente sin que este lo solicite.
- La elaboración de ofertas es gratuita y no vinculante para el cliente.
- El contratista deberá presentar, en los requisitos previos establecidos en el artículo 48 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (EstG), junto con la entrega de la oferta, un certificado de exención válido de conformidad con el artículo 48 b de la EstG, en copia legible o, en el caso de un certificado relacionado con el encargo, en original. De lo contrario, la oferta no podrá ser tenida en cuenta en el procedimiento de adjudicación posterior. El contratista deberá informar inmediatamente al cliente de cualquier posible revocación de un certificado de exención válido.
4. Plazo de entrega y prestación del servicio
- Las fechas de entrega o prestación de servicios indicadas en el pedido son vinculantes. El cliente podrá rechazar las entregas realizadas antes de la fecha de entrega acordada. El contratista está obligado a informar inmediatamente por escrito al cliente si se producen o le son conocidas situaciones que resulten en que no se podrá cumplir la fecha acordada. Esto no afecta a la obligación de cumplir las fechas acordadas.
- En caso de retraso por parte del contratista, el cliente podrá, tras el vencimiento infructuoso de un plazo adicional razonable fijado por él, encargar a un tercero la realización de la entrega que el contratista aún no haya efectuado, a cargo del contratista. Además, el cliente tendrá la posibilidad de rescindir el contrato tras el vencimiento infructuoso de un plazo adicional razonable fijado por él.
- En caso de retraso en la entrega por parte del contratista, el cliente tendrá derecho a exigir una indemnización a tanto alzado por daños y perjuicios por demora equivalente al 1 % del valor de la entrega por cada semana completa transcurrida, sin que dicho importe pueda superar el 10 %. El contratista tendrá derecho a demostrar al cliente que, como consecuencia del retraso, no se ha producido ningún perjuicio o que este ha sido considerablemente escaso. El cliente se reserva el derecho a considerar otras reclamaciones legales en lugar de la indemnización a tanto alzado por daños y perjuicios, en particular la rescisión del contrato o una indemnización por incumplimiento.
- En caso de fuerza mayor, el cliente tendrá derecho a exigir la ejecución en una fecha posterior. El cliente tendrá la obligación de comunicarlo inmediatamente al contratista.
- Como complemento a las normas establecidas en los párrafos anteriores, se considerarán las leyes.
- El contratista solo podrá invocar la falta de entrega de la documentación necesaria por parte del cliente si no ha recibido dicha documentación en un plazo razonable a pesar de haber enviado una reclamación por escrito.
5. Pedidos marco
- En el caso de los contratos marco, ambas partes celebrarán un contrato marco independiente para los materiales que deban suministrarse en cada caso. Los precios de suministro y el número total de unidades de los materiales que deben suministrarse resultarán de este contrato marco. Estos datos se utilizarán para determinar las necesidades anuales. La solicitud de entrega concreta derivada de un contrato marco se realizará por escrito por parte del cliente por el tamaño de lote previamente acordado. No obstante, el cliente podrá, apartándose de los tamaños de lote acordados, acceder también a pedidos de entrega con cantidades escasas o superiores.
- El contratista tiene la obligación de suministrar la cantidad solicitada en un plazo de 3 días laborables a partir de la recepción de una orden de entrega por escrito derivada de un contrato marco. El contratista tiene la obligación de mantener siempre existencias suficientes de los materiales de los contratos marco vigentes para garantizar en todo momento la garantía de plazo de entrega de 3 días laborables de los pedidos de entrega individuales. Los contratos marco comienzan con la primera solicitud y finalizan con la última solicitud de los materiales a suministrar.
- Los precios acordados en los contratos marco son siempre precios fijos que se consideran durante la vigencia de cada uno de los contratos marco.
- El cliente se compromete con el contratista a adquirir las cantidades acordadas en los respectivos contratos marco. No obstante, el cliente no tiene la obligación de adquirir determinadas cantidades parciales dentro de plazos concretos. La cantidad concreta de adquisición se rige por las necesidades operativas del cliente y por los pedidos parciales concretos.
6. Ejecución, protección medioambiental, seguridad, protección de la salud y calidad
- La entrega deberá cumplir las especificaciones acordadas, las normas técnicas reconocidas y los requisitos regulatorios válidos en cada caso, así como las normas y reglamentos del funcionamiento normal del cliente. En particular, el contratista deberá cumplir las normas de prevención de accidentes, el reglamento de la mutua profesional, en especial BGVA1 y BGVA2, así como las normas de seguridad técnica y medicina del trabajo generalmente reconocidas. Las máquinas y los útiles de trabajo técnicos deberán suministrarse, de conformidad con el Reglamento sobre máquinas, con un manual de instrucciones y una declaración de conformidad CE. Además, deberán corresponder con las normas recogidas en los directorios A y B de la «Disposición administrativa general relativa a la Ley sobre útiles de trabajo técnicos», así como con otras normas de contenido técnico-seguridad y las normas de prevención de accidentes. Se suministrarán preferentemente útiles de trabajo con marca CE. Si no se ha concedido una marca de homologación, se deberá acreditar el cumplimiento de las normas mencionadas anteriormente a petición nuestra.
- En la medida en que sea aplicable, el contratista mantendrá un sistema de garantía de calidad, por ejemplo, conforme a la norma DIN EN ISO 9001–9003. El cliente tendrá autorización para verificar el sistema previo acuerdo.
- En caso de que el contratista suministre sustancias que sean sustancias peligrosas en el sentido del Reglamento sobre sustancias peligrosas, el contratista tendrá la obligación de facilitar, de oficio y antes de la entrega, la ficha técnica de seguridad de la UE (art. 4 del Reglamento sobre sustancias peligrosas).
- Se prohíbe al contratista el uso de sustancias cancerígenas. El contratista deberá orientar constantemente la calidad de los productos que suministre al cliente al estado actual de la técnica e informar al cliente sobre las posibilidades de mejora y de modificación técnica.
7. Seguros
- Plazos de garantía y cobertura de seguro de responsabilidad civil con condiciones habituales en el sector (suma mínima de cobertura de 5 millones de euros por daños personales/daños materiales a tanto alzado). El contratista deberá acreditar la existencia del seguro a petición del cliente; las sumas de garantía y cobertura escasas deberán acordarse con el cliente en cada caso concreto. Si al cliente le corresponden otras reclamaciones por daños y perjuicios, estas no se verán afectadas.
- Todos los envíos dirigidos directamente al cliente (por ejemplo, entregas en virtud de contratos de compraventa, entregas de obras, encargos de mantenimiento o fabricaciones especiales, pero no entregas de material para contratos de obra que el contratista realice en los equipos del cliente) deberán ser asegurados por el contratista.
8. Reservas de propiedad, suministro de material, herramientas
- En caso de que el cliente facilite piezas al contratista, este se reserva la propiedad de las mismas. La transformación o modificación por parte del contratista se realizará por cuenta del cliente. Si el objeto puesto a disposición por el cliente se transforma o se mezcla de forma inseparable con otros objetos que no pertenecen al cliente, este adquirirá la copropiedad del nuevo objeto en proporción al valor del objeto bajo reserva (precio de compra más IVA) respecto a los demás objetos transformados o mezclados en el momento de la transformación o mezcla. Si la transformación o mezcla se realiza de tal manera que el objeto del contratista debe considerarse el objeto principal, se considerará acordado que el contratista transfiere al cliente la copropiedad proporcional; el contratista conservará la propiedad exclusiva o la copropiedad en nombre del cliente.
- El cliente se reserva la propiedad de las herramientas facilitadas; el contratista tiene la obligación de insertar las herramientas exclusivamente para la fabricación de los productos pedidos por el cliente. El contratista tiene la obligación de asegurar, a su costa y por el valor de reposición, las herramientas pertenecientes al cliente contra daños por incendio, agua y robo. Al mismo tiempo, el contratista cede desde este momento al cliente todos los derechos de indemnización derivados de dicho seguro; el cliente acepta por la presente dicha cesión. El contratista está obligado a realizar oportunamente, a su cargo, los trabajos de mantenimiento e inspección que sean necesarios en las herramientas del cliente, así como todos los gastos de conservación y reparación. Deberá hacer una indicación inmediata al cliente en caso de posible avería; si incumple esta obligación por culpa propia, las reclamaciones por daños y perjuicios no se verán afectadas. En la medida en que los derechos de garantía existentes frente al cliente de conformidad con las normas anteriores superen en más de un 20 % el precio de compra de todas las mercancías bajo reserva de propiedad del cliente que aún no hayan sido pagadas, el cliente tendrá la obligación, a petición del contratista, de liberar los derechos de garantía a elección del cliente.
- En lo que respecta a los derechos de reserva de propiedad del contratista, se considerarán sus condiciones, con la salvedad de que la propiedad de la mercancía se transfiere al cliente en el momento de su pago y, en consecuencia, no se aplica la forma ampliada de la reserva de propiedad por cuenta corriente. En virtud de la reserva de propiedad, el contratista solo podrá reclamar la devolución de la mercancía si previamente ha rescindido el contrato.
9. Subcontratistas, mano de obra procedente de países no pertenecientes a la UE
- La contratación de subcontratistas requiere el consentimiento previo por escrito del cliente. El contratista deberá imponer a los subcontratistas, en relación con las tareas que estos asuman, todas las obligaciones que él mismo haya asumido frente al cliente y asegurar su cumplimiento.
- En caso de que el contratista o los subcontratistas empleen a trabajadores que no procedan de Estados de la UE, el contratista deberá presentar al cliente los permisos de trabajo correspondientes antes del inicio de los trabajos.
- Si el contratista inserta subcontratistas sin nuestro consentimiento previo por escrito de conformidad con el apartado 2.(1) o incumple la obligación de presentar los permisos de trabajo de conformidad con el apartado 2.(2), el cliente tendrá derecho a rescindir el contrato o a exigir una indemnización por incumplimiento.
- El contratista no podrá impedir que sus subcontratistas celebren contratos con el cliente para otras entregas o prestaciones. En particular, no se permiten los acuerdos de exclusividad con terceros que impidan al cliente o al subcontratista realizar la referencia de las entregas o prestaciones que el propio cliente o el subcontratista necesiten para la ejecución de dichos pedidos.
10. Envío, lugar de cumplimiento
- Las fechas y plazos de entrega acordados son vinculantes. Los posibles retrasos en la entrega deberán comunicarse inmediatamente por escrito al cliente. Al mismo tiempo, se propondrán al cliente las medidas adecuadas para paliar las consecuencias del retraso. Para determinar el cumplimiento de la fecha o el plazo de entrega, será determinante la recepción de la mercancía por parte del cliente, salvo que se acuerde lo contrario por escrito. El lugar de cumplimiento es la dirección de entrega indicada por el cliente en el pedido.
- El envío se realiza por cuenta y riesgo del contratista. Se elegirán las opciones de transporte más favorables para el cliente, salvo que este haya indicado expresamente determinadas normas de transporte. Las entregas se embalarán de tal manera que se eviten daños de transporte.
- Además de la dirección de envío, en los documentos de transporte deberán indicarse los datos del pedido (número de pedido, número de referencia|número de artículo del cliente, fecha del pedido, lugar de entrega, en su caso, nombre del destinatario y número de contenedor). Por regla general, el envío deberá ser objeto de indicación por escrito en el departamento del cliente que ha realizado el pedido el mismo día de la salida.
- En el caso de la entrega de sustancias peligrosas, se deberá remitir al cliente la información sobre el producto, en particular las fichas técnicas de seguridad, con la debida antelación antes de la entrega. Se considera que la información relativa a las restricciones de comercialización impuestas por la ley es relevante.
- Los gastos derivados de un error en el destino de las entregas correrán a cargo del contratista, siempre que este se haga cargo del transporte o sea responsable del error en el destino del mismo. Si en los documentos de entrega faltan los datos del pedido o las indicaciones de entrega del cliente, todos los gastos derivados de ello, como los gastos de estacionamiento de los vehículos, las tasas de cambio de destino y similares, correrán a cargo del contratista. El contratista solo podrá alegar la falta de los documentos necesarios que deba entregar el cliente si no ha recibido dichos documentos incluso tras una reclamación por escrito.
- El contratista solo tendrá autorización para realizar entregas o prestar servicios parciales con el consentimiento por escrito del cliente.
- El cliente tendrá autorización para devolver al contratista los embalajes que se encuentren en buen estado, previo pago del valor que resulte de la factura. Las instrucciones de envío diferentes deberán destacarse en particular en el albarán de entrega. Los gastos de embalaje correrán a cargo del contratista, salvo que se acuerde lo contrario por escrito. Si, en casos concretos, el cliente asume los gastos de embalaje, estos se facturarán al precio más económico. Las obligaciones de recogida se rigen por el Reglamento sobre envases de 21 de agosto de 1998, en su versión válida.
- El cliente se reserva el derecho a aceptar entregas en exceso o en defecto.
- Si el contratista incurre en retraso en la entrega, el cliente tendrá derecho a las reclamaciones legales. En particular, tendrá derecho a exigir una indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación tras el vencimiento infructuoso de un plazo adicional razonable fijado por él. El derecho del cliente a la entrega solo quedará excluido cuando el contratista haya abonado la indemnización por daños y perjuicios.
11. Declaración de origen
En caso de que el contratista emita declaraciones sobre el carácter originario de la mercancía vendida, se considerará lo siguiente:
- El contratista se compromete a facilitar la verificación de las pruebas de origen por parte de las autoridades aduaneras competentes y a proporcionar tanto la información necesaria al respecto como las confirmaciones que puedan ser requeridas.
- El contratista tendrá la obligación de indemnizar por los daños y perjuicios que se deriven de que el origen declarado no sea reconocido por la autoridad competente como consecuencia de un certificado erróneo o de la imposibilidad de verificarlo, salvo que no sea responsable de dichas consecuencias.
12. Acceder y circular por el recinto de la fábrica/la obra del cliente
- Al acceder y circular por las instalaciones o la obra del cliente, se deberán seguir las instrucciones de su personal especializado. El acceso a pie o en vehículo a las instalaciones de la obra/la obra deberá iniciarse con la debida antelación. Deberán respetarse las normas del Código de Circulación. El cliente y sus empleados responderán, independientemente de la causa jurídica, únicamente por negligencia grave y dolo; en caso de lesiones mortales, físicas o para la salud, también por negligencia sencilla.
- Si los servicios se prestan en las instalaciones de la obra o en la propia obra, se considerará el reglamento de obra correspondiente. Al inicio de los trabajos o previa solicitud, se entregará a los supervisores|personas supervisoras del contratista una copia del reglamento de obra, incluido el índice de anexos, contra firma. El conocimiento del contenido del reglamento de obra, incluido el índice de anexos, deberá confirmarse mediante una declaración por escrito.
13. Transferencia del riesgo
- El peligro no se transfiere al cliente hasta que se le haya entregado la mercancía o se haya aceptado el servicio por su parte. La aceptación se realiza bajo reserva de la comprobación de la ausencia de defectos, en particular también de la exactitud, integridad y aptitud. Tenemos autorización para examinar el objeto del contrato, en la medida y tan pronto como sea posible según el curso reglamentario de los negocios. Los defectos detectados serán reclamados por nosotros inmediatamente después de su detección. En caso de defectos ocultos, esto se considerará a partir de la detección del defecto. El cliente queda expresamente exento de la obligación de examinar inmediatamente si el objeto del contrato está libre de defectos. A este respecto, el contratista renuncia a la objeción de reclamación tardía por defectos.
14. Garantía
- El cliente tendrá pleno derecho a los derechos legales de garantía y indemnización por daños y perjuicios. El contratista responderá ante el cliente, en particular, de que sus entregas y prestaciones correspondan a las normas técnicas reconocidas y a las propiedades y normas acordadas contractualmente. Independientemente de ello, el cliente tendrá derecho, a su elección, a exigir al contratista la subsanación del defecto o una entrega de sustitución. En tal caso, el contratista tendrá la obligación de sufragar todos los gastos necesarios para la subsanación del defecto o la entrega de sustitución que el cliente deba asumir frente a su cliente, si el defecto ya existía en el momento de la transferencia del peligro al cliente. Una reparación por parte del contratista se considerará fallida ya tras el primer intento infructuoso. Queda expresamente reservado el derecho a indemnización por daños y perjuicios, en particular el derecho a indemnización por incumplimiento. El cliente tendrá derecho a rescindir el contrato incluso si el incumplimiento de la obligación por parte del contratista es solo insignificante. Los derechos legales de garantía prescribirán, salvo que la ley previera plazos más largos, en el plazo de 24 meses a partir de la transferencia del riesgo. En la medida en que el cliente sea objeto de reclamaciones por parte de terceros debido a la deficiencia de la mercancía (recurso del empresario), la prescripción quedará suspendida hasta el vencimiento de un plazo máximo de cinco años. La responsabilidad del contratista por defectos finaliza, a más tardar, diez años después de la entrega de la mercancía. Esta limitación no se considera si las reclamaciones del cliente se basan en hechos que el contratista conocía o de los que no podía ignorar y que no reveló al cliente. El contratista cede al cliente, con carácter anticipado y a título de cumplimiento, todas las reclamaciones que le correspondan frente a sus proveedores por motivo de y en relación con la entrega de mercancías deficientes. Entregará al cliente toda la documentación necesaria para hacer valer dichas reclamaciones y prestará todas las declaraciones necesarias.
- El contratista deberá combatir los defectos de forma gratuita, incluidos los gastos accesorios. Si esto no fuera posible, o si no fuera razonable exigir al cliente que acepte las piezas reparadas, el contratista deberá sustituir las piezas deficientes por otras sin defectos, sin coste alguno.
- En casos urgentes, o si el contratista incurre en mora en la subsanación de los defectos, el cliente podrá llevar a cabo las medidas necesarias por su cuenta o encargarlas a un tercero, corriendo los gastos a cargo del contratista. El cliente informará al contratista antes de llevar a cabo las medidas. Si esto no fuera posible, en casos urgentes podrán llevarse a cabo las medidas necesarias para evitar daños sin notificación previa; en estos casos, el cliente realizará la notificación sin demora. La obligación de garantía del contratista no se verá afectada por ello; quedan excluidos de ello los defectos que sean atribuibles a medidas llevadas a cabo por el cliente o por un tercero.
- Si la subsanación del defecto no es posible o no resulta razonable para el cliente, este podrá exigir la resolución del contrato o una reducción del precio.
- En caso de defectos, el plazo de garantía se prolongará por el tiempo transcurrido entre la notificación del defecto y su subsanación. Si el objeto de la entrega o del servicio se vuelve a entregar, se repara total o parcialmente o se sustituye, el plazo de garantía comenzará de nuevo para el objeto recién entregado, sustituido o reparado total o parcialmente.
- En la medida en que el contratista sea responsable de un daño en el producto, tendrá la obligación de eximir al cliente, a primera solicitud, de las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios de terceros, en la medida en que la causa se encuentre dentro de su ámbito de control y organización y él mismo sea responsable frente a terceros.
- En el marco de su responsabilidad por los daños en el sentido del párrafo anterior (6), el contratista también tendrá la obligación de reembolsar los gastos posibles que se deriven, de conformidad con los artículos 683 y 670 del Código Civil alemán (BGB), así como con los artículos 830 y 840 del BGB, de una campaña de retirada llevada a cabo por el cliente o en relación con ella. El cliente instruirá al contratista, en la medida de lo posible y razonable, sobre el contenido y el alcance de la medida de retirada que se vaya a llevar a cabo y le dará la posibilidad de expresar su opinión. Quedan reservados otros derechos legales del cliente.
- La responsabilidad derivada del incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de seguridad de aparatos y productos se limita a los productos comercializados después del 1 de mayo de 2004. Además, solo existirán derechos de indemnización por daños y perjuicios por aquellos daños causados por el incumplimiento de las obligaciones de forma dolosa o por negligencia grave. La responsabilidad se limita, en la medida en que sea admisible, al valor del producto.
15. Precios, facturación
- Los precios indicados en el pedido son precios fijos (más el IVA legal), que incluyen todos los descuentos y recargos, franco lugar de uso, incluidos los gastos de embalaje, protección anticorrosión y envío. En caso de entrega a portes debidos, el cliente solo asumirá los gastos de transporte más económicos, salvo que haya prescrito un tipo de envío en particular. La forma de fijación de precios no toca el acuerdo sobre el lugar de cumplimiento. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, o en caso de que el contratista ofrezca condiciones más favorables, el cliente pagará el precio acordado con una deducción del 3 % en concepto de descuento.
- Los plazos de pago y descuento comienzan a contar a partir de la recepción de la factura, pero no antes de la recepción de la mercancía o, en el caso de los servicios, no antes de su aceptación y, en la medida en que la documentación, los certificados de inspección (por ejemplo, certificados de fábrica) o documentos similares formen parte del alcance de los servicios, no antes de su entrega al cliente conforme al contrato.
- El cliente pagará en un plazo de 14 días con el descuento mencionado anteriormente; no obstante, también tendrá autorización para pagar sin descuento el día 15 del mes siguiente a la entrega, una vez que esta se haya realizado íntegramente y sin objeciones y se haya recibido la factura.
- El cliente tendrá derecho a la compensación y a la retención en el alcance previsto por la ley.
- Las facturas, que se extenderán por duplicado, deberán enviarse, una vez realizada la entrega o prestado el servicio —separadas por pedidos—, a la dirección de facturación indicada en el pedido o a la gestión|administración del cliente; deberán indicarse los números de pedido y adjuntarse todos los documentos de liquidación (listas de piezas, hojas de trabajo, mediciones, etc.).
- Las facturas correspondientes a entregas o prestaciones parciales deberán llevar la indicación «Factura de entrega parcial» o «Factura de prestación parcial», y las facturas finales, la indicación «Factura de entrega restante» o «Factura de prestación restante».
- Cada factura deberá indicar el impuesto sobre el valor añadido de la ley. Las facturas originales no podrán adjuntarse a la entrega de la mercancía.
16. Pago
- El cliente pagará en la fecha de vencimiento acordada tras la recepción de la mercancía.
- Los pagos efectuados no implican la aceptación de la liquidación.
- Los pagos se efectuarán mediante cheque o transferencia bancaria. El pago se considerará puntual si el cheque se envía por correo el día de vencimiento o si la transferencia se ordena al banco el día de vencimiento. No se podrán reclamar intereses de demora. El tipo de interés de demora será de 5 puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico. El cliente tendrá derecho, en cualquier caso, a demostrar que los daños por demora son escasos en comparación con los reclamados por el comprador.
17. Prohibición de cesión
Quedan excluidas las cesiones y demás transmisiones de derechos y obligaciones del contratista fuera del ámbito de aplicación del artículo 354 a del Código Mercantil alemán (HGB); los casos excepcionales requerirán, para su validez, el consentimiento por escrito del cliente.
18. Rescisión
- El encargo de prestaciones de obra podrá ser rescindido por el cliente en cualquier momento hasta la finalización de la obra o la entrega de la misma, de conformidad con el artículo 649 del Código Civil alemán (BGB). A diferencia de las consecuencias de la rescisión reguladas por la ley, se considerará lo siguiente: Si el cliente rescinde el contrato por una causa justificada imputable al contratista, este solo tendrá derecho a la remuneración de los servicios individuales prestados hasta la recepción de la rescisión y que hayan sido aprovechados por el cliente. Esto no afectará a los derechos de indemnización por daños y perjuicios del cliente. En particular, el contratista deberá reembolsar los gastos adicionales en que se haya incurrido.
- Si el cliente rescinde el contrato por una causa justificada de la que el contratista no es responsable, el contratista solo recibirá la remuneración acordada por las entregas y/o prestaciones individuales realizadas hasta la recepción de la rescisión y aceptadas por el cliente. Quedan excluidas otras reclamaciones del contratista. Por lo demás, se considerarán las consecuencias de la rescisión reguladas en el artículo 649 del Código Civil alemán (BGB).
- El cliente podrá rescindir el pedido de entregas (art. 433 del Código Civil alemán) en cualquier momento por causa justificada hasta la entrega de la mercancía. En este caso, se considerarán los apartados anteriores en lo que respecta al derecho a remuneración del contratista; el cliente adquirirá la propiedad de las entregas y prestaciones parciales remuneradas.
- Se considerará causa justificada en el sentido del apartado (3) existe, en particular, cuando, como consecuencia de decisiones de carácter soberano, el cliente deja de tener interés en la prestación de los servicios contractuales, se presenta una solicitud de insolvencia por parte del contratista, concurren los requisitos previos para una solicitud de insolvencia o el contratista no cumple con su obligación de subsanar los servicios erróneos en un plazo razonable fijado por escrito.
19. Eliminación de residuos
En la medida en que se generen desechos en relación con las entregas o prestaciones del contratista, este reciclará o combatirá los desechos —salvo acuerdo escrito en contrario— a su costa, de conformidad con las disposiciones de la legislación sobre desechos. La propiedad, el peligro|riesgo y la responsabilidad en materia de desechos se transfieren al contratista en el momento en que se generan los desechos.
20. Pesos, cantidades
En caso de desviaciones de peso, se considerará válido el peso determinado en el aviso de recepción por parte del cliente, a menos que el contratista demuestre que el peso calculado por él se ha determinado correctamente según un método generalmente reconocido. Lo mismo se aplica a las cantidades.
21. Derechos de propiedad industrial (patentes, licencias, modelos de utilidad, etc.),
derecho de propiedad intelectual
El contratista responderá de que la entrega y el uso de los objetos de suministro y/o de la obra fabricada no infrinjan patentes o derechos de propiedad industrial de terceros. El contratista se compromete a eximir al cliente de cualquier reclamación posible de terceros por lesión de dichos derechos y a indemnizarlo por cualquier otro concepto. El cliente tiene autorización para llegar a acuerdos con el tercero sin el consentimiento del contratista, en particular a celebrar un acuerdo transaccional. Aunque existan derechos de propiedad industrial del contratista, el cliente o sus representantes podrán realizar reparaciones.
22. Confidencialidad
- El contratista tiene la obligación de tratar de forma ilimitada confidencial toda la información que reciba durante la ejecución del pedido. Esto no se considera para la información que el contratista ya conociera en el momento de su recepción o de la que haya tenido conocimiento por otros medios (por ejemplo, de terceros sin reserva de confidencialidad o mediante sus propios esfuerzos independientes).
- Todos los documentos entregados por el cliente seguirán siendo de su propiedad. No podrán tener acceso terceros y deberán devolverse al cliente en su totalidad y sin que este lo solicite una vez ejecutado el pedido. No se considerarán terceros los especialistas y subcontratistas a los que haya recurrido el contratista, siempre que hayan asumido la obligación de manipular la información de forma igualmente confidencial. El contratista responderá de todos los daños que se deriven para el cliente del incumplimiento de esta obligación.
- 3. El cliente tendrá exclusivamente todos los derechos de uso sobre todas las Figuras, dibujos, cálculos, métodos de análisis, fórmulas y demás obras que el contratista haya elaborado o desarrollado durante la formalización y la ejecución del pedido.
23. Protección de datos
El contratista acepta que el cliente almacene, trate y transmita datos personales del contratista a empresas asociadas, en la medida en que sea necesario para el cumplimiento y la tramitación del pedido.
24. Publicación, publicidad
La evaluación o divulgación de las relaciones comerciales existentes con el cliente en publicaciones o con fines publicitarios solo se permite con su consentimiento previo, expreso y por escrito.
25. Traslado al extranjero
- El contratista es consciente de que, en muchos casos, la exportación de documentos y objetos de todo tipo requiere una autorización, por ejemplo, con arreglo a la Ley de Comercio Exterior. El contratista es responsable de que, en los casos en que traslade al extranjero documentos u objetos propios o del cliente, se compruebe la admisibilidad de dicho traslado y, en caso necesario, se obtengan a tiempo todas las autorizaciones necesarias y se cumplan todas las disposiciones legales pertinentes.
- En caso de incumplimiento de estas disposiciones, el cliente se reserva el derecho a reclamar una indemnización por los daños ocasionados.
26. Jurisdicción
En la medida en que el contratista sea un comerciante en el sentido del Código de Comercio, una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público, la sede del cliente será la jurisdicción exclusiva para todos los litigios que resulten de la relación contractual directa o indirectamente. Además, el cliente tendrá autorización para interponer una demanda ante el tribunal competente en la sede del contratista.
27. Idioma del contrato, legislación aplicable
- El idioma del contrato es el alemán. Se considerará la legislación alemana.
- 2. Si el contratista tiene su sede en el extranjero, se acuerda la aplicación del Derecho alemán, con exclusión de las normas de conflicto de leyes y con inclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, de 11 de abril de 1980. Las cláusulas habituales en el comercio se interpretarán de conformidad con los Incoterms válidos correspondientes (ICC, París).
28. Cláusula de salvaguardia
- Si alguna de las disposiciones del presente contrato fuera o llegara a ser ineficaz o inaplicable, las demás disposiciones seguirán siendo válidas.
- Las partes tienen la obligación de sustituir la disposición ineficaz o inaplicable, desde el momento en que se produzca dicha ineficacia o inaplicabilidad, por una disposición que sea lo más equivalente posible desde el punto de vista económico.
E. Zoller GmbH & Co. KG
Condiciones de compra /